Las organizaciones de sociedad civil organizada y personas que suscriben, expresamos nuestro profundo rechazo a la propuesta de proyecto de ley elaborada por PERUPETRO y respaldada por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) que busca modificar los artículos 3, 4, 5, 7, 19, 20, 21, 23 y 27 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas (ANP), con el objetivo de priorizar, a nivel nacional, el aprovechamiento de recursos hidrocarburíferos en zonas de alta biodiversidad como lo son las ANP, y de ese modo debilitar la institucionalidad y los mecanismos de creación y gestión existentes en la normativa.
La propuesta del MINEM ha sido señalada como inviable por el Ministerio del Ambiente, además consideramos que sería inconstitucional, al priorizar actividades extractivas sobre derechos fundamentales y la conservación de la diversidad biológica en las ANP, contraponiéndose al mandato establecido en la Constitución Política del Perú, que señala “el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas” (artículo 68°) y vulnerando el derecho fundamental de toda persona “(…) a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida” (artículo 2°, numeral 22°).
La biodiversidad es un activo económico del Perú. Nuestro país cuenta con una alta diversidad biológica protegida en ANP como Parques Nacionales, Santuarios Nacionales y otras categorías, muchas de ellas altamente frágiles y vulnerables a actividades ilícitas, que son reservas de vida para todos los peruanos y peruanas, principalmente para las comunidades campesinas y nativas, y pueblos indígenas que se benefician de los invaluables recursos naturales que nos brindan las ANP, como son el agua, aire limpio, diversidad biológica, y servicios ecosistémicos de provisión, culturales y de soporte como la regulación hídrica, secuestro y almacenamiento de carbono, mantenimiento de la diversidad biológica, entre otros servicios.
Esta propuesta del MINEM debilita la protección de las ANP y pretende modificarlas física y legalmente, al permitir la extracción de recursos renovables y no renovables en áreas de uso indirecto (donde la actual legislación lo prohíbe) y en áreas de uso directo sin excepción. Ello evidencia que existen intereses para explorar y explotar el subsuelo de áreas naturales de alta protección como el Parque Nacional Bahuaja Sonene y su corazón, el Candamo; el Parque Nacional del Manu y el Santuario Nacional Megantoni, entre otras, y evitar la creación de nuevas áreas protegidas en zonas como el Mar Tropical de Grau. Periódicamente vuelve a la mira, la promoción de la extracción de hidrocarburos a costa de sacrificar las ANP; de transgredir diversas normas nacionales y compromisos asumidos por el Estado peruano en instrumentos internacionales como el Acuerdo de Promoción Comercial Perú – Estado Unidos, el Convenio sobre Diversidad Biológica, el Acuerdo de París, el Convenio 169 de la OIT, entre otros; y sin importar que varias de estas áreas cuentan con reconocimientos mundiales como Reservas de Biósfera y sitios de Patrimonio Natural reconocidos por UNESCO.
El impacto socioambiental generado por los derrames de hidrocarburos es aún un tema sin resolver. Entre el 2000 y 2019, la Amazonía ha enfrentado 474 derrames petroleros, los cuales han afectado territorios de comunidades indígenas, quienes lejos de recibir soluciones integrales a las consecuencias del impacto ambiental y social de los derrames, solo obtuvieron atenciones coyunturales insuficientes. Hoy en día, los pueblos indígenas no tienen acceso a agua saludable, los alimentos se encuentran contaminados y las comunidades se encuentran expuestas a consecuencias en su salud, todo a causa de una política de contaminación ambiental y social. Flexibilizar el aprovechamiento de recursos naturales en áreas del territorio nacional especialmente sensibles ambiental y socialmente solo agravaría la problemática antes expuesta. Además, la respuesta del Estado ante el último desastre ambiental ocasionado por Repsol en nuestro mar peruano en enero de 2022, no solo evidenció la necesidad de reforzar la fiscalización de las actividades de hidrocarburos, sino que ha dejado impactos negativos ambientales, sociales y económicos que, incluso a más de un año del suceso, continúan afectando al ambiente, nuestra fauna marina y a múltiples familias de pescadores artesanales.
Esta iniciativa legislativa es contradictoria con los compromisos ambientales internacionales asumidos por el Estado peruano, más aún en un contexto de crisis climática y de crisis de biodiversidad, y en el que existe una tendencia global a reducir progresivamente el uso de combustibles fósiles. En particular, incumple la obligación internacional del Estado peruano asumida en el marco del Acuerdo de París y del Convenio de Diversidad Biológica, en especial, el recientemente adoptado “Marco Mundial Kunming-Montreal de la Biodiversidad Biológica”, cuya emblemática Meta 3 establece el compromiso de todos los países signatarios de conservar al menos el 30% de las zonas terrestres y marinas al 2030, en especial aquellas zonas de particular importancia para la biodiversidad, como las ANP.
Además, este tipo de iniciativas debilitaría todo lo alcanzado en materia de conservación y protección de los recursos naturales. Instamos a los poderes Ejecutivo y Legislativo a reconsiderar el paquete normativo que vienen impulsando, que afectaría principalmente los derechos de los pueblos indígenas -en especial, los que se encuentran en situación de aislamiento y contacto inicial-, los sistemas de gestión y evaluación ambiental, la normativa forestal y del sector minero y ahora el sistema de Áreas Naturales Protegidas. Asimismo, preocupa profundamente que las acciones de funcionarios y servidores públicos y de congresistas estén orientadas a debilitar la gobernanza ambiental, cuando se busca que el Perú sea parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
En conmemoración del 5 de junio, Día Mundial del Medio Ambiente, es necesario renovar el compromiso del Estado peruano de trabajar en la protección y la salud del medio ambiente, ya que son prioritarias para el país y el planeta, y de atender las necesidades energéticas y de consumo a través de fuentes más limpias para el planeta, como son las energías renovables. Asimismo, recordemos los lamentables hechos del conflicto de Bagua que traen a nuestra memoria, una vez más, que la promoción de normas sin participación ni consulta previa generan brechas de desconfianza, debilitan el clima de paz social y promueven conflictos socioambientales.
Exhortamos al Estado peruano y al sector privado a fortalecer la buena gobernanza y el diálogo a través del respeto de nuestro marco normativo, y al cumplimiento de compromisos internacionales de respeto de derechos y de protección del medio ambiente.
Lima, junio de 2023
FIRMAN:
- Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP)
- Agencia de Investigación Ambiental / Environmental Investigation Agency (EIA)
- Amazónicos por la Amazonía (AMPA)
- Asociación Arariwa
- Asociación de Servicio Integral de Cooperación Rural Anccara (SICRA)
- Asociación Ecosistemas Andinos (ECOAN)
- Asociación Nacional de Centros (ANC)
- Asociación para la Conservación de la Cuenca Amazónica (ACCA)
- Asociación Peruana para la Conservación de la Naturaleza (APECO)
- Asociación ProPurus
- Asociación Servicios Educativos Rurales (SER)
- Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP)
- Central Ashaninka del Río Ene (CARE)
- Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales (CIMA)
- Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo del Sur (DESCOSUR)
- Centro para el Desarrollo del Indígena Amazónico (CEDIA)
- Centro Bartolomé de las Casas (CBC)
- Centro de Conservación, Investigación y Manejo de Áreas Naturales – Cordillera Azul (CIMA)
- CIVICUS
- Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP)
- Consejo Machiguenga del Río Urubamba (COMARU)
- Conservación Internacional Perú.
- Conservation Strategy Fund (CSF)
- CooperAcción 25. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
- Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA)
- DESCO – Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo.
- DESCO SUR – Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo del Sur
- EarthRights International (ERI)
- Fondo de Agua para Lima y Callao – AQUAFONDO
- Foro Câmbio Climático y Justicia Socioambiental de Brasil
- Foro Ecológico
- Fundación para la Conservación y el Desarrollo Sostenible (FCDS)
- GRUFIDES
- Grupo Impulsor Mujeres y Cambio Climático Perú (GIMCC PERÚ)
- Grupo Propuesta Ciudadana (GPC)
- Iglesia Matriz de Iquitos San Juan Bautista (Catedral de San Juan Bautista, Iquitos)
- Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS)
- Instituto de Montaña (ITM)
- Instituto del Bien Común (IBC)
- Instituto NATURA
- International Rivers
- Kené Instituto de Estudios Forestales y Ambientales
- Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático (MOCICC)
- Natural Resource Governance Institute (NRGI).
- OCEANA
- Organización Regional AIDESEP Ucayali (ORAU)
- Oxfam en Perú
- Pachamama Alliance Perú
- Paz y Esperanza
- Proética
- PUDÚ
- Red de Agricultura Ecológica del Perú (RAE-PERÚ)
- Red Nacional de Conservación Voluntaria y Comunal “Amazonía Que Late”
- Rede de Soluções para o Desenvolvimento Sustentável da Amazônia (SDSN Amazônia)
- Servicios Ecosistémicos Perú (SEPERU)
- Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)
- Sociedad Zoológica de Fráncfort (FZS)
- The Shared Wood Company (SWC-Perú)
- TierrActiva Perú
- Wildlife Conservation Society (WCS)
- World Wildlife Fund (WWF Perú)
Firmas individuales:
- Cesar F. Florez, DNI 08732424
- César A. Ipenza, DNI 40287902
- Claudia Grados Bueno, DNI 44686664
- Elizabeth Peña Izquierdo, DNI 27748507
- Indira Alva Alvarado, DNI 70440568
- Lucía Ruiz Ostoic, DNI 08767259
- Luis Román, DNI 07825044
- Margarita Medina Müller, DNI 40139714
- Mariano Castro Sánchez-Moreno, DNI 07212391
- Oscar Francisco Rada Santivañez, DNI 19993395
- Roxana Patricia Arauco Aliaga, DNI 10352911
- Samar El sous Bautista, DNI 75259182
- Tatiana Jarama Arévalo, DNI 05409729
- Vivian Chumbiauca Carbajal, DNI 21877422
Descarga el pronunciamiento aquí: Pronunciamiento sobre ANP.docx