Los niños, niñas y adolescentes (NNAs) son considerados todas aquellas personas menores de 18 años. Por situaciones estructurales, los y las NNAs son considerados un grupo en condiciones de vulnerabilidad.
Ante ello, el Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático debe aplicar el enfoque intergeneracional, mediante el cual debe incluir la visión de NNAs y sus intereses y prioridades en toda acción que aplique de manera institucional.
Así también, el MOCICC se sigue del principio de interés superior del niño, el cual es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño o niña el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos[1].
[1] Ley N° 30466 ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño.